Lote de 2511 metros totales con 33 metros de frente sobre ruta principal con 26,60 metros de frente al arroyo Maldonado, Con construcción a sus lados desde hace muchos años. Lote ideal para subdividir, Corresponde una normativa de 7 metros de altura entre PA y PB. F.O.S: 25% - F.O.S.SS:25% - F.O.S.V:50% -- F.O.T.:50% Consulte con nuestros asesores!
EXEPCIONAL LOTE DE 10000m2 A MEDIA CUADRA DE LA RAMBLA EN PARADA 30 DE LA BRAVA VOLUMEN V TEXTO ORDENADO DE NORMAS DE LA EDIFICACIÓN - TONE Sector 4 - Aparicio Saravia SECC. ÚNICA Artículo D.243 Zona 4.1.2 Barrio Jardín Sector Aparicio Saravia. a) Límites: Corresponde predios del resto del Sector Aparicio Saravia. b) Normas especiales: No se autorizan bloques altos. c) Dimensiones mínimas de predios: Para Altura 15m: 2500m2 , frente de 30 m. FOT 80% Para Altura 9m : área 1000 m2 y frente mínimo 20 m. Para bloque Altura 7m: área 1000 m2 Sin frente mínimo. Conj. de unid. locativas aisladas o apareadas: 1000 m2 por unidad o par. d) Retiros mínimos: - Frontales: 4 m. Altura Mayor a 9 m.: 6 m. - Bilaterales: Alturas Mayores a 9 m.: 5 m. 3 m. para bloques, debiendo la suma promedial debe ser Mayor a 8 m. 2 m. para Unidades Locativas aisladas o apareadas, debiendo la suma promedial debe ser Mayor a 6 m. - De fondo: Alturas Mayores a 9 m.: 8 m. Altura Mayores a 7 m.: 5 m. Altura menor o igual a 7 m.: 3 m. Distancia entre unidades o bloques: Altura 15 m.: 8 m. Altura 9 m.: 6 m. Altura 7 m.: mínimo de 5 m. e) Altura máxima: 15 m. (PB +4PA). FOT 80% 9 m. (PB + 2PA). 7 m. (PB + PA). Áticos: En caso de techos inclinados a partir de un 30% de pendiente y cumpliendo con la altura máxima definida para la zona podrán conformarse entrepisos (áticos) que ocupen hasta el 50% del área de la última planta. Las construcciones comprendidas en el ático no serán computadas como nivel ni en el FOT, no podrán conformar nuevas unidades, debiendo ser parte de la Unidad del último nivel y su acceso será exclusivamente desde el interior de ésta. f) Ocupación: Bloques F.O.S SS: 40% F.O.S.: 20% F.O.S. PA: 20% F.O.T.: Altura 15 m.: 80% Altura 9 m.: 60% Altura 7 m.: 40% F.O.S V: 50% Unidades locativas aisladas o apareadas: En los solares con área inferior a 500 m2 y superior a 1.000 m2, regirán los siguientes parámetros: FOS SS FOS FOS V FOT ST 500 30 30 40 60 ST 1.000 20 20 60 40 En los solares con área intermedia, los factores de ocupación se obtendrán de la interpolación de los anteriores valores. g) Salientes: hasta 2 m en área edificandi y en un 35% de la superficie de la fachada. h) Índice de ponderación (Decreto 3870): 0,4 (Cero con cuatro) Ordenanza anterior: Sector Balneario Zona 3.1. Subzona 3.1.6.
En la zona de Aidy Grill a la altura de parada 6 de la Brava Estos 4 lotes linderos sumando una superficie de 2871m2 , con 70 metros cuadrados sobre Vaz Ferreira FOSS 40% (1.148,40M2) FOT 370% (10.622,70M2) TOTAL: 11.771,10M2 Segun normativa vigente del sector y zona se puede llegar a construir PB+ 15 pisos Consulte
68.000 MTS, POSIBILIDAD DE BLOQUES BAJOS Y BARRIO CERRADO .- A pasos del puente de La Barra .- 372 mts de Frente a Rambla Brava y Cuneo .- Vías de acceso RAPIDO a Punta del Este, La Barra y Maldonado .- Fracción compuesta por un solo padrón, posibilidades de subdivisión, por ejemplo bloques de PB + 4 pisos cada 2.500m de terreno , Bloques de PB+2, casas x 1.000 mts de tierra , casas adosadas.- CONSULTENOS POR MAS INFORMACION NORMATIVA: Sector 4 - Aparicio Saravia Zona 4.1.2 Barrio Jardín Sector Aparicio Saravia. a) Límites: Corresponde predios del resto del Sector Aparicio Saravia. b) Normas especiales: No se autorizan bloques altos. c) Dimensiones mínimas de predios: Para Altura 15m: 2500m2 , frente de 30 m. Para Altura 9m : área 1000 m2 y frente mínimo 20 m. Para bloque Altura 7m: área 1000 m2 Sin frente mínimo. Conj. de unid. locativas aisladas o apareadas: 1000 m2 por unidad o par. d) Retiros mínimos: - Frontales: 4 m. Altura Mayor a 9 m.: 6 m. - Bilaterales: Alturas Mayores a 9 m.: 5 m. 3 m. para bloques, debiendo la suma promedial debe ser Mayor a 8 m. 2 m. para Unidades Locativas aisladas o apareadas, debiendo la suma promedial debe ser Mayor a 6 m. - De fondo: Alturas Mayores a 9 m.: 8 m. Altura Mayores a 7 m.: 5 m. Altura menor o igual a 7 m.: 3 m. Distancia entre unidades o bloques: Altura 15 m.: 8 m. Altura 9 m.: 6 m. Altura 7 m.: mínimo de 5 m. e) Altura máxima: 15 m. (PB +4PA). 9 m. (PB + 2PA). 7 m. (PB + PA). Áticos: En caso de techos inclinados a partir de un 30% de pendiente y cumpliendo con la altura máxima definida para la zona podrán conformarse entrepisos (áticos) que ocupen hasta el 50% del área de la última planta. Las construcciones comprendidas en el ático no serán computadas como nivel ni en el FOT, no podrán conformar nuevas unidades, debiendo ser parte de la Unidad del último nivel y su acceso será exclusivamente desde el interior de ésta. f) Ocupación: Bloques F.O.S SS: 40% F.O.S.: 20% F.O.S. PA: 20% F.O.T.: Altura 15 m.: 80% Altura 9 m.: 60% Altura 7 m.: 40% F.O.S V: 50% Unidades locativas aisladas o apareadas: En los solares con área inferior a 500 m2 y superior a 1.000 m2, regirán los siguientes parámetros: FOS SS FOS FOS V FOT ST 500 30 30 40 60 ST 1.000 20 20 60 40 En los solares con área intermedia, los factores de ocupación se obtendrán de la interpolación de los anteriores valores. g) Salientes: hasta 2 m en área edificandi y en un 35% de la superficie de la fachada.